Me amenazan o me obligan a hacer algo: amenazas y coacciones, cómo denunciar

Cómo distinguir amenazas de coacciones, penas, cuándo hace falta tu denuncia, qué pruebas guardar y cómo pedir protección al juez.

Guarda la prueba sin responder y denuncia. Si temes por tu seguridad, llama al 112. Amenazar es anunciarte un mal. Coaccionar es impedirte con violencia hacer algo que la ley no prohíbe u obligarte a hacer lo que no quieres. La gravedad se valora caso por caso: no hay una frase que sea delito siempre.

Qué hacer ahora

  1. No respondas con otra amenaza. Podría volverse en tu contra.
  2. Guarda todo. Mensajes completos, audios, llamadas, testigos y fechas. Mira cómo conservar pruebas digitales.
  3. Denuncia ante la Policía, la Guardia Civil o el juzgado. Cuenta si hay antecedentes, armas o menores.
  4. Pide protección si la necesitas. Tienes más abajo las medidas posibles.

Amenazas: qué penas hay

  • Anunciar un delito con condición (por ejemplo, exigir dinero bajo amenaza de agredirte): de uno a cinco años de prisión si consigue su propósito, y de seis meses a tres años si no. Va en la mitad superior si es por escrito, teléfono u otro medio de comunicación (art. 169.1.º del Código Penal).
  • Anunciar un delito sin condición: de seis meses a dos años (art. 169.2.º).
  • Anunciar un mal que no es delito, con condición: de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses. No se aplica si la condición es una conducta debida (art. 171.1).
  • Revelar tu vida privada a cambio de dinero: de dos a cuatro años si lo consigue, y de cuatro meses a dos años si no (art. 171.2). Si es por imágenes íntimas, lee sextorsión.
  • Amenaza leve: multa de uno a tres meses. Solo se persigue si denuncia la persona agraviada o su representante (art. 171.7).

Coacciones

Se castigan con prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses, según la gravedad. La pena va en su mitad superior si la coacción busca impedir un derecho fundamental o el legítimo disfrute de la vivienda (art. 172.1).

La coacción leve se castiga con multa de uno a tres meses y necesita denuncia de la persona agraviada (art. 172.3).

Cuando la presión en la vivienda viene del casero, por ejemplo por corte de suministros, la respuesta dependerá de los hechos. Conserva facturas, avisos y testigos, y consulta el caso.

Si es tu pareja, expareja o familiar

La ley endurece las penas (arts. 171.4 a 6 y 172.2). En las personas del art. 173.2 no hace falta denuncia para las amenazas y coacciones leves (arts. 171.7 y 172.3). Llama al 016 y lee los primeros pasos.

Cómo pedir protección

El juez puede prohibir a la otra persona residir en un lugar, acudir a él, acercarse o comunicarse contigo. Exige que sea estrictamente necesario para protegerte o evitar que se repita. Si la incumple, puede acordar medidas más duras, incluso prisión provisional (art. 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Qué plazo tienes

Los delitos leves prescriben al año; los demás de esta guía, con carácter general, a los cinco años (art. 131 del Código Penal). Si es leve, la policía puede citar directamente al juzgado de guardia: lee juicio por delito leve.

Si es por internet y se repite, mira también ciberacoso.

Preguntas frecuentes

¿Es delito decir «te voy a denunciar»?

Anunciar que ejercerás un derecho no es, por sí solo, lo mismo que amenazar. Pero exigir dinero bajo amenaza de denunciar un delito o revelar tu vida privada puede serlo (art. 171.2 y 3). Depende de lo que pida y de cómo lo haga.

¿Me sirve un audio de WhatsApp como prueba?

Sí, como punto de partida. Guarda el original en el móvil. Si se discute su autenticidad, puede necesitarse otra prueba.

¿Tiene que haber violencia física para que sea coacción?

El art. 172.1 habla de «con violencia». El alcance de esa palabra se valora en cada caso, por lo que conviene que un abogado revise tu situación antes de darlo por hecho en un sentido u otro.

¿Qué hago si me amenaza un desconocido por internet?

Guarda el perfil, los mensajes y las fechas. Denuncia y, si lo necesitas, pide orientación en el 017, la Línea de Ayuda en Ciberseguridad.

Fuentes oficiales

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Información general sujeta a cambios normativos. Actualizado el 31/10/2026.

Pendiente de revisar por el equipo jurídico.