No pagues y deja de responder. Guarda las amenazas, los perfiles y los datos de pago que te den. Después pide ayuda y denuncia. No has hecho nada por lo que debas sentir vergüenza: quien comete el delito es quien te amenaza. Si eres menor de edad, díselo a un adulto de confianza hoy mismo.
Si te sientes desbordado o piensas en hacerte daño, llama al 024 ahora. Si hay un peligro inmediato, llama al 112.
Qué hacer, en orden
- No pagues ni envíes nada más. Pagar no garantiza que borren nada y puede hacer que pidan más.
- Deja de contestar. No negocies ni amenaces. Puedes bloquear cuando hayas guardado las pruebas.
- Guarda pruebas. Capturas de los mensajes con fecha y hora, nombre y dirección del perfil, teléfonos, cuentas y datos de pago que te pidan. Mira cómo conservar pruebas.
- Protege tus cuentas. Cambia las contraseñas y activa la verificación en dos pasos. Pon en privado tus listas de amigos.
- Denuncia. Acude a Policía o Guardia Civil. Di si conoces al autor. Una denuncia presencial también es la vía adecuada en este tipo de hechos: la denuncia telemática de la Guardia Civil no los admite.
- Si ya lo han publicado, usa el Canal Prioritario de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Mira abajo.
A quién puedes acudir
- 017: Línea de Ayuda en Ciberseguridad. Es gratuita y confidencial. De 8:00 a 23:00.
- 016: si quien te amenaza es tu pareja o expareja, o sufres violencia por ser mujer. Información general las 24 horas y asesoramiento jurídico de 8 a 22. También por mensaje escrito al 600 000 016.
- Canal Prioritario de la AEPD: para pedir la retirada urgente de fotos, vídeos o audios sexuales publicados en internet sin permiso. No sirve para difusión por mensajería o correo electrónico. Más información en la página del canal.
- 024: línea de atención a la conducta suicida.
Si eres menor de edad
No es culpa tuya. No te van a castigar por pedir ayuda. Cuéntaselo a tu padre, tu madre, un profesor o un adulto de confianza. Puedes llamar al 017. El teléfono ANAR es el 900 202 010. También puedes comunicarlo a la policía o a la AEPD (art. 17 de la Ley Orgánica 8/2021).
A los padres: escuchad sin reñir. No copiéis, guardéis ni reenviéis imágenes de menores, ni siquiera como prueba, porque poseerlas o difundirlas puede ser delito (art. 189 del Código Penal). Dejad el móvil como está y explicádselo a la policía. Lee también grooming a menores.
Qué delito puede ser
- Amenaza de revelar tu vida privada. Exigir dinero bajo esa amenaza se castiga con prisión de dos a cuatro años si lo consigue y de cuatro meses a dos años si no (art. 171.2 del Código Penal).
- Amenazas condicionales. Si el mal amenazado es un delito contra la intimidad, la pena es de uno a cinco años si consigue su propósito, o de seis meses a tres años si no. Las penas van en su mitad superior si la amenaza es por escrito, teléfono u otro medio de comunicación (art. 169.1.º).
- Difusión. Si llega a publicar, también puede cometer otro delito (art. 197.7). Lee difusión de imágenes íntimas.
La Ley Orgánica 10/2022 cita expresamente la extorsión sexual por medios tecnológicos entre las violencias sexuales digitales a las que se presta especial atención (art. 3).