Sextorsión: me piden dinero por imágenes íntimas, ¿qué hago?

No pagues, no sigas hablando, conserva pruebas y denuncia. Qué hacer si te amenazan con difundir imágenes íntimas y a quién acudir, también si eres menor.

No pagues y deja de responder. Guarda las amenazas, los perfiles y los datos de pago que te den. Después pide ayuda y denuncia. No has hecho nada por lo que debas sentir vergüenza: quien comete el delito es quien te amenaza. Si eres menor de edad, díselo a un adulto de confianza hoy mismo.

Si te sientes desbordado o piensas en hacerte daño, llama al 024 ahora. Si hay un peligro inmediato, llama al 112.

Qué hacer, en orden

  1. No pagues ni envíes nada más. Pagar no garantiza que borren nada y puede hacer que pidan más.
  2. Deja de contestar. No negocies ni amenaces. Puedes bloquear cuando hayas guardado las pruebas.
  3. Guarda pruebas. Capturas de los mensajes con fecha y hora, nombre y dirección del perfil, teléfonos, cuentas y datos de pago que te pidan. Mira cómo conservar pruebas.
  4. Protege tus cuentas. Cambia las contraseñas y activa la verificación en dos pasos. Pon en privado tus listas de amigos.
  5. Denuncia. Acude a Policía o Guardia Civil. Di si conoces al autor. Una denuncia presencial también es la vía adecuada en este tipo de hechos: la denuncia telemática de la Guardia Civil no los admite.
  6. Si ya lo han publicado, usa el Canal Prioritario de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Mira abajo.

A quién puedes acudir

  • 017: Línea de Ayuda en Ciberseguridad. Es gratuita y confidencial. De 8:00 a 23:00.
  • 016: si quien te amenaza es tu pareja o expareja, o sufres violencia por ser mujer. Información general las 24 horas y asesoramiento jurídico de 8 a 22. También por mensaje escrito al 600 000 016.
  • Canal Prioritario de la AEPD: para pedir la retirada urgente de fotos, vídeos o audios sexuales publicados en internet sin permiso. No sirve para difusión por mensajería o correo electrónico. Más información en la página del canal.
  • 024: línea de atención a la conducta suicida.

Si eres menor de edad

No es culpa tuya. No te van a castigar por pedir ayuda. Cuéntaselo a tu padre, tu madre, un profesor o un adulto de confianza. Puedes llamar al 017. El teléfono ANAR es el 900 202 010. También puedes comunicarlo a la policía o a la AEPD (art. 17 de la Ley Orgánica 8/2021).

A los padres: escuchad sin reñir. No copiéis, guardéis ni reenviéis imágenes de menores, ni siquiera como prueba, porque poseerlas o difundirlas puede ser delito (art. 189 del Código Penal). Dejad el móvil como está y explicádselo a la policía. Lee también grooming a menores.

Qué delito puede ser

  • Amenaza de revelar tu vida privada. Exigir dinero bajo esa amenaza se castiga con prisión de dos a cuatro años si lo consigue y de cuatro meses a dos años si no (art. 171.2 del Código Penal).
  • Amenazas condicionales. Si el mal amenazado es un delito contra la intimidad, la pena es de uno a cinco años si consigue su propósito, o de seis meses a tres años si no. Las penas van en su mitad superior si la amenaza es por escrito, teléfono u otro medio de comunicación (art. 169.1.º).
  • Difusión. Si llega a publicar, también puede cometer otro delito (art. 197.7). Lee difusión de imágenes íntimas.

La Ley Orgánica 10/2022 cita expresamente la extorsión sexual por medios tecnológicos entre las violencias sexuales digitales a las que se presta especial atención (art. 3).

Ver todas las guías de ciberestafas y ciberdelitos

Preguntas frecuentes

¿Y si ya he pagado?

No pagues más. Guarda los justificantes, avisa a tu banco y denuncia. Haber pagado no impide denunciar.

¿Puede que no tengan las imágenes?

Sí, a veces es un farol, pero no lo compruebes respondiendo. Guarda el mensaje, no pagues y pide orientación en el 017.

¿Me pueden denunciar a mí por haber enviado las fotos?

Enviar tus propias imágenes siendo adulto no te convierte en autor de la extorsión. Si eres menor, pide ayuda a un adulto y a profesionales: lo prioritario es protegerte.

¿Tengo abogado gratis?

Depende del caso. Hay derecho sin valorar recursos para víctimas de violencia de género y, en delitos contra la libertad sexual del Título VIII del Código Penal, para mujeres y menores (art. 2.h de la Ley 1/1996). Comprueba tu situación en la herramienta de justicia gratuita.

Fuentes oficiales

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Información general sujeta a cambios normativos. Actualizado el 31/10/2026.

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