Habla con el menor con calma, no borres nada, no contestes tú haciéndote pasar por él y acude a Policía o Guardia Civil. Si hay fotos o vídeos de un menor, no los copies, reenvíes ni guardes: poseerlos o difundirlos puede ser delito. Si hay riesgo de un encuentro o peligro inmediato, llama al 112 ahora.
Si eres menor y lees esto
- No es culpa tuya. Aunque hayas seguido la conversación o hayas enviado algo. El responsable es el adulto.
- Cuéntaselo hoy a tu padre, tu madre o un adulto de confianza, como un profesor o un familiar.
- No quedes con esa persona, aunque te presione o te amenace.
- No pagues ni envíes nada más. Deja de responder.
- No borres la conversación. Puede ayudar a pararle.
- Puedes llamar al 017 o a ANAR, 900 202 010. Los menores pueden comunicar estos hechos por sí mismos a la policía o a la Agencia Española de Protección de Datos (art. 17 de la Ley Orgánica 8/2021).
- Si te sientes muy mal o piensas en hacerte daño, llama al 024 o al 112.
Si eres padre, madre o tutor
- Escucha sin reñir. Dile que has hecho bien en contarlo. Evita quitarle el móvil como castigo.
- Deja el móvil como está. No borres ni cierres cuentas todavía. Si puedes, ponlo en modo avión y llévalo a la policía.
- Anota datos, no imágenes. Apunta nombre de usuario, dirección del perfil, aplicación, teléfonos, fechas y resumen de lo ocurrido. Las capturas solo de partes sin imágenes de menores.
- No confrontes ni te hagas pasar por tu hijo. Puede alertarle, hacer que desaparezcan pruebas o complicar la investigación.
- Denuncia en persona. Policía, Guardia Civil, Fiscalía o juzgado. La denuncia telemática de la Guardia Civil no admite casos con denunciante menor ni hechos de carácter sexual.
- Si hay amenazas de publicar, lee la guía de sextorsión.
- Pide apoyo psicológico para el menor y para la familia. El 017 también orienta a las familias y educadores.
Qué dice la ley
Con menores de 16 años, la ley castiga estas conductas por internet, teléfono u otras tecnologías:
- Proponer un encuentro con fines sexuales, si hay actos materiales para acercarse: prisión de uno a tres años o multa de doce a veinticuatro meses. La pena es mayor si hay coacción, intimidación o engaño (art. 183.1 del Código Penal).
- Actuar para embaucarle a fin de obtener imágenes sexuales de menores: prisión de seis meses a dos años (art. 183.2).
El material sexual de menores también tiene su propia regulación. Poseerlo para uso propio o acceder a él a sabiendas se castiga con prisión de tres meses a un año o multa (art. 189.5). Crear o difundir tiene penas mayores (art. 189.1). Si el menor tiene 16 o 17 años, también puede estar protegido: acude igualmente a la policía.
El perdón de la víctima o de la familia no extingue la responsabilidad en este tipo de delitos contra menores (art. 130.1.5.º).
Sus derechos y recursos
- Abogado gratuito. Los menores víctimas de delitos contra la libertad sexual tienen derecho a asistencia jurídica gratuita, con independencia de sus recursos (art. 2.h de la Ley 1/1996). Comprueba los pasos en justicia gratuita.
- Retirada de contenidos. Si se han publicado imágenes en internet, usa el Canal Prioritario de la AEPD. La AEPD anima a los menores de 14 a 17 años a contactar. El juzgado también puede ordenar la retirada de páginas (art. 189.8). Mira difusión de imágenes íntimas.
- Deber de avisar. Toda persona que advierta indicios de violencia sobre un menor debe comunicarlo de forma inmediata (art. 15 de la Ley Orgánica 8/2021). Los centros escolares tienen un deber reforzado (art. 16).