Cómo borrar contenido sobre ti de internet: vías y orden para reclamar

Aviso a la plataforma, derecho de supresión, olvido en buscadores, Canal Prioritario de la AEPD y juzgados. En qué orden pedir la retirada de contenidos.

Empieza por el aviso a la plataforma y por pedir la supresión de tus datos, y guarda primero las direcciones web. Si el contenido es sexual o violento y está publicado en internet, usa de inmediato el Canal Prioritario de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Si hay delito, denuncia a la vez. No hay garantía de borrado total, pero sí vías legales claras.

Antes de pedir nada

  1. Copia cada URL, el perfil, la fecha y una captura. Mira cómo guardar pruebas digitales. Con imágenes de menores, solo las direcciones.
  2. Identifica dónde está: red social, web, buscador o medio de comunicación. Cada uno sigue un camino distinto.
  3. Piensa qué quieres: retirar, desindexar, rectificar o una indemnización.

Las vías, por orden

1. Aviso de contenido ilícito a la plataforma

Los servicios de alojamiento deben tener un mecanismo electrónico de fácil acceso para notificar contenidos ilícitos (art. 16 del Reglamento de Servicios Digitales, DSA). Indica en tu aviso la dirección exacta (URL) y por qué es ilícito. Si rechazan tu aviso, las plataformas en línea deben darte acceso a una reclamación interna gratuita durante al menos seis meses (art. 20). También puedes acudir a un órgano extrajudicial certificado (art. 21).

2. Derecho de supresión

  • Puedes pedir la supresión de tus datos al responsable en los supuestos del art. 17 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), como cuando retiras tu consentimiento o el tratamiento es ilícito. Debe responderte en un mes, prorrogable otros dos si es necesario (art. 12.3).
  • En redes sociales: lo que publicaste tú se suprime a tu simple solicitud. Lo publicado por terceros, en los casos del art. 94.2 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPDGDD), como datos inadecuados, inexactos o excesivos. La excepción son los datos facilitados por particulares en actividades personales o domésticas.
  • Si lo que subiste era de cuando eras menor, deben suprimirlo sin dilación a tu simple solicitud (art. 94.3).

3. Olvido en buscadores

Puedes pedir al buscador que retire de los resultados por tu nombre los enlaces inadecuados, inexactos, no pertinentes, no actualizados o excesivos (art. 93 de la LOPDGDD). El contenido puede seguir en la web original y aparecer con otras búsquedas.

4. Reclamación ante la AEPD

Si el responsable no atiende tu petición o no responde en plazo, puedes reclamar ante la AEPD. Adjunta tu solicitud y la respuesta, si la hay.

Vía urgente: Canal Prioritario de la AEPD

Es para fotos, vídeos o audios sexuales o violentos difundidos sin permiso, con grave riesgo. La AEPD lo analiza con prioridad y, si procede, ordena la retirada. Según la AEPD, no se aplica a la difusión por mensajería o correo. Lee difusión de imágenes íntimas.

5. Juzgado

  • Penal. En delitos cometidos por internet, el juzgado puede acordar la retirada provisional, la interrupción del servicio o el bloqueo como primeras diligencias (art. 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). Pídelo en tu denuncia.
  • Civil. Puedes pedir el cese, la indemnización y medidas cautelares por lesión del honor, la intimidad o la propia imagen (art. 9 de la Ley Orgánica 1/1982). La acción caduca a los cuatro años. Tiene tramitación preferente (art. 249.1.2.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Algunas reglas útiles

  • El prestador de alojamiento no responde si no tiene conocimiento efectivo o, si lo tiene, actúa con diligencia para retirarlo (art. 16 de la Ley 34/2002).
  • No siempre se puede retirar: se pondera con la libertad de expresión y de información y con el interés público.
  • Si la información es falsa y dañina, lee injurias y calumnias en redes, y si es un montaje, deepfakes.

Desconfía de empresas que garanticen borrar todo por un precio cerrado. Pregunta qué vías usarán.

Ver todas las guías de ciberestafas y ciberdelitos

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda la plataforma?

El DSA exige tratar los avisos en tiempo oportuno (art. 16.6), sin fijar un número de días. Para la supresión de datos, el plazo de respuesta es de un mes, prorrogable (art. 12.3 RGPD).

¿Pueden negarse a retirar una noticia sobre mí?

Sí, si prevalece la libertad de información. Puedes pedir la desindexación por tu nombre o la rectificación, y un abogado puede valorar la vía judicial.

Lo publicaron en un grupo privado. ¿Qué vías tengo?

Si es mensajería, el Canal Prioritario no se aplica según la AEPD. Guarda las pruebas, pide que lo borren y denuncia si hay delito.

¿Necesito abogado para pedir la retirada?

Para los avisos y la supresión, normalmente no. Sí conviene para demandas, querellas o casos complejos.

Fuentes oficiales

Sigue leyendo

Información general sujeta a cambios normativos. Actualizado el 31/10/2026.

Pendiente de revisar por el equipo jurídico.