Deepfakes e imágenes falsas: qué hacer si circula un montaje tuyo

Si circula una imagen, un audio o un vídeo falso creado con inteligencia artificial: retirada, pruebas, denuncia y situación legal real en España a octubre de 2026.

Actúa como en cualquier difusión dañina: guarda las direcciones y los datos, pide la retirada a la plataforma y denuncia si te causa daño. Si el montaje es sexual, usa también el Canal Prioritario de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Si afecta a un menor, ve directamente a la policía y no conserves ni reenvíes las imágenes.

Situación legal: no hay ley específica aprobada

A 31/10/2026 no hemos encontrado en vigor una ley española específica sobre deepfakes. El Proyecto de Ley Orgánica de protección civil del honor, la intimidad y la propia imagen se presentó en julio de 2026. La ficha del Congreso lo muestra como concluido por caducidad desde el 6/10/2026. Lo mismo ocurre con el Proyecto de Ley Orgánica de protección de menores en entornos digitales. Por tanto, hoy no son ley. Debes basarte en las normas generales que siguen, y comprobar si surge una nueva iniciativa.

Qué hacer ahora

  1. Documenta. URL, perfil, fecha, personas que lo han visto y dónde circula. Conserva el archivo original solo si eres adulto y aparece una persona adulta. Mira cómo guardar pruebas digitales.
  2. Di que es falso, si te conviene, a tu entorno, sin reenviarlo.
  3. Avisa a la plataforma. Usa su aviso de contenido ilícito y explica por qué lo es (art. 16 del Reglamento de Servicios Digitales).
  4. Canal Prioritario de la AEPD. Está pensado para fotos, vídeos o audios de contenido sexual o violento difundidos sin autorización. No sirve para mensajería instantánea ni correo electrónico. Si es un montaje, explícalo en la descripción.
  5. Denuncia. Cuenta qué se ha hecho, dónde se difunde y qué daño causa.

Ayuda gratuita y confidencial: el 017 es la Línea de Ayuda en Ciberseguridad de INCIBE. Atiende a ciudadanos, empresas y menores y a su entorno, todos los días de 8:00 a 23:00. También ofrece canales de mensajería y formulario web: los tienes en su página oficial.

Qué normas pueden aplicarse

Dependerá de los hechos. No todas encajan siempre, y el juzgado decidirá:

  • Si aparece un menor. El Código Penal incluye como pornografía infantil las «imágenes realistas» de un menor con fines sexuales (art. 189.1). Es muy grave y no hace falta que la imagen sea auténtica.
  • Si te humilla gravemente. Trato degradante que menoscabe gravemente la integridad moral: prisión de seis meses a dos años (art. 173.1).
  • Si crean un perfil o un anuncio con tu imagen y te provoca acoso o humillación: art. 172 ter.5. Mira suplantación de identidad.
  • Si te atribuyen algo falso. Puede haber injurias o calumnias (arts. 205 a 210). Mira injurias y calumnias en redes.
  • Si te amenazan con publicarlo a cambio de dinero. Mira sextorsión.
  • Si lo usan para engañar a alguien y sacarle dinero, como con una voz imitada. Puede ser una estafa (art. 248).

Ojo: el art. 197.7 se refiere a imágenes reales obtenidas con el consentimiento de la persona. Un montaje puede no encajar en ese precepto, aunque sí en otros.

Vía civil

La Ley Orgánica 1/1982 protege el honor, la intimidad y la propia imagen. Considera intromisión ilegítima el uso del nombre, la voz o la imagen con fines publicitarios o comerciales (art. 7.6), y las expresiones o imputaciones que lesionen la dignidad (art. 7.7). Puedes pedir el cese y una indemnización que incluye el daño moral (art. 9). La acción caduca a los cuatro años.

Si el material te afecta en lo personal o el trabajo, pide asesoramiento pronto y conserva todo lo que muestre el daño.

Ver todas las guías de ciberestafas y ciberdelitos

Preguntas frecuentes

¿Es delito hacer un deepfake?

No hay un delito con ese nombre. Puede encajar en otros según su contenido, su difusión y si aparece un menor. Por eso conviene explicar en la denuncia el daño concreto.

¿Han aprobado la ley sobre deepfakes?

A 31/10/2026, no. El proyecto presentado en 2026 figura en el Congreso como caducado desde el 6/10/2026. Comprueba si hay cambios antes de citarla.

¿Y si es una broma en un grupo de clase?

Si aparece un menor en un contexto sexual, nunca es una broma: no lo reenvíes ni lo guardes. Díselo a un adulto y acude a la policía o al 017. Si el autor tiene entre 14 y 17 años, se aplica la ley penal del menor (art. 1 de la Ley Orgánica 5/2000).

¿Cómo demuestro que es falso?

Conserva tus originales y la cronología. En un juicio, se puede pedir un informe pericial. La valoración corresponde al tribunal.

Fuentes oficiales

Sigue leyendo

Información general sujeta a cambios normativos. Actualizado el 31/10/2026.

Pendiente de revisar por el equipo jurídico.