Abogado de familia
Divorcio y separación, custodia de los hijos, pensión de alimentos, régimen de visitas y cambio de medidas.
Descubre qué tipo de abogado necesitas según tu problema, cómo comprobar que está colegiado y qué preguntar antes de contratarlo.
Si tu caso toca varias áreas, cuéntalo completo en la primera consulta: el abogado te dirá si puede llevarlo.
Divorcio y separación, custodia de los hijos, pensión de alimentos, régimen de visitas y cambio de medidas.
Despido, salarios impagados, acoso en el trabajo, baja médica, incapacidad y reclamaciones a la Seguridad Social.
Detenciones, denuncias, estafas, delitos de tráfico, violencia de género y defensa en un juicio penal.
Herencias y testamentos, reclamación de deudas, contratos, conflictos entre vecinos y daños.
Alquileres, desahucios, compraventa de viviendas, comunidades de propietarios y defectos de construcción.
Hipotecas, tarjetas revolving, cláusulas abusivas, embargos y ley de segunda oportunidad.
Accidentes de tráfico y laborales, lesiones e indemnizaciones de la aseguradora.
Permisos de residencia y trabajo, arraigo, nacionalidad española y recursos contra denegaciones.
Empresas y autónomos: contratos, conflictos entre socios, impagos e insolvencias.
Pregunta cuántos asuntos parecidos ha llevado y quién se encargará del tuyo. La cercanía importa más si tendrás que reunirte o acudir a juzgados de tu zona.
Consulta el censo de letrados de la Abogacía Española o pregunta en el colegio de la provincia. Pide su número de colegiado.
Debe indicar qué incluye, cómo se calcula, qué gastos quedan fuera y qué ocurre si el asunto se alarga o llega a juicio.
Reúne contratos, cartas, notificaciones y fechas clave. Si has recibido una notificación con plazo, dilo desde el primer contacto.
Los honorarios se pactan libremente con cada abogado y dependen del tipo de asunto, su complejidad y el trabajo que requiera. Pide un presupuesto por escrito que indique qué incluye y qué gastos quedan fuera.
Depende de cada abogado o despacho. Pregúntalo antes de acudir. Si no puedes costear un abogado, el Servicio de Orientación Jurídica de tu colegio de abogados te indica si puedes acceder a la justicia gratuita.
Acude al Servicio de Orientación Jurídica del colegio de abogados de tu zona. Allí te indican si cumples los requisitos de la Ley 1/1996 de asistencia jurídica gratuita y qué documentos debes presentar.
Toda persona detenida tiene derecho a la asistencia de un abogado. Puedes designar a uno de confianza y, si no lo haces, se te asigna uno de oficio.
Consulta el censo de letrados del Consejo General de la Abogacía Española o pregunta en el colegio de abogados de la provincia. Pide su número de colegiado y el colegio al que pertenece.
Estamos preparando el directorio de abogados de cada provincia y población; lo iremos publicando cuando la información esté comprobada. Mientras tanto, cada provincia tiene su colegio de abogados, que puede orientarte.