Un préstamo a mi nombre que no pedí: qué hacer

Te reclaman un préstamo que no pediste: cómo comprobarlo, qué pedir a la entidad, cómo salir del fichero de morosos y qué hacer si te llega una demanda.

Si te reclaman un préstamo que no pediste, no lo ignores ni pagues sin comprobarlo. Escribe a la entidad negando haberlo contratado, pide el contrato y denuncia la suplantación. Pide además tu informe de riesgos en el Banco de España. Si te llega una notificación judicial, ve a un abogado de inmediato: los plazos son cortos.

Haz esto en los primeros días

  1. Reúne lo que tengas: cartas, llamadas, mensajes y referencias del préstamo.
  2. Desconfía del propio aviso. Comprueba por un canal oficial que la entidad y la deuda existen. Puede ser otro engaño para sacarte datos o dinero.
  3. Escribe a la entidad con acuse de recibo. Di que no reconoces la operación y pide copia del contrato, del sistema de identificación usado y de la cuenta donde se ingresó el dinero.
  4. Denuncia. Lleva la documentación y explica cuándo lo descubriste. Sigue la guía de cómo denunciar una ciberestafa.
  5. Protege tu identidad: cambia contraseñas y revisa si te han quitado datos o documentos. Lee también suplantación de identidad en internet.

Por qué no tendrías que deberlo

No hay contrato sin consentimiento de los contratantes (art. 1261 del Código Civil). Si no consentiste, tienes base para negar la deuda. Eso sí, tendrás que discutirlo con los datos: la entidad puede presentar firmas, documentos o validaciones. Comprueba si el dinero llegó a una cuenta tuya, porque cambia mucho el análisis. Si te ingresaron una cantidad, no la gastes y consúltalo.

Comprueba qué consta a tu nombre

El informe de riesgos de la Central de Información de Riesgos del Banco de España es gratuito para los titulares. Se pide por su sede electrónica con certificado o Cl@ve, y también por correo o en persona si eres persona física. Muestra préstamos declarados por las entidades.

Si un dato es erróneo, puedes pedir la rectificación a la entidad declarante o al propio Banco de España, indicando qué operación es, por qué es incorrecta y cómo debe corregirse. Según su información, desde que traslada la solicitud a la entidad se suspende la cesión a terceros de los datos cuestionados. Si la entidad no accede, las personas físicas pueden reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Si te han metido en un fichero de morosos

La inclusión en un sistema de información crediticia exige, entre otros requisitos, que la deuda sea cierta, vencida y exigible, y que no haya sido objeto de reclamación administrativa o judicial del deudor o de un procedimiento alternativo vinculante (art. 20.1 de la Ley Orgánica 3/2018). También se te debe notificar la inclusión para que ejerzas tus derechos, y los datos quedan bloqueados 30 días. Comunícalo con tu denuncia y sigue la guía para salir de un fichero de morosos.

Si recibes un requerimiento judicial

Abre la notificación y mira de qué procedimiento se trata y qué plazo te da. En el proceso monitorio, por ejemplo, tienes 20 días para pagar o para oponerte (art. 815 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), y si no respondes puede despacharse ejecución (art. 816). No lo dejes. Con la denuncia y el escrito a la entidad no basta: hay que responder al juzgado.

Si no puedes pagar un abogado, comprueba tu derecho con el test de justicia gratuita.

Errores frecuentes

  • Pagar «para que dejen de llamar», sin haber visto el contrato.
  • Pensar que la denuncia detiene por sí sola una reclamación judicial.
  • Dar por teléfono tu documento o tus claves a quien te reclama.

Ver todas las guías de ciberestafas y ciberdelitos

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar mientras lo aclaro?

No hay una respuesta única. No pagues sin ver el contrato y consúltalo con un abogado, sobre todo si hay una reclamación judicial en marcha.

¿Cómo sé si hay más préstamos a mi nombre?

Pide tu informe a la Central de Información de Riesgos del Banco de España, que es gratuito para los titulares.

¿Me pueden meter en un fichero de morosos por este préstamo?

La deuda debe ser cierta, vencida y exigible, entre otros requisitos (art. 20.1 de la Ley Orgánica 3/2018). Si ya estás incluido, reclama cuanto antes y aporta la denuncia.

¿La denuncia frena la demanda?

No por sí sola. Si te notifican un procedimiento, responde en plazo con abogado, si lo necesitas, y aporta la denuncia.

Fuentes oficiales

Sigue leyendo

Información general sujeta a cambios normativos. Actualizado el 31/10/2026.

Pendiente de revisar por el equipo jurídico.