Estafa de inversión en criptomonedas: qué hacer si ya has pagado

Pasos urgentes si has invertido en una plataforma falsa de criptomonedas: parar los pagos, guardar pruebas, avisar al banco, denunciar y comprobar a la entidad en la CNMV.

Deja de pagar ahora, aunque te pidan una última cantidad para «liberar» tus beneficios. Después avisa a tu banco o a la plataforma desde la que enviaste el dinero, guarda todas las pruebas y denuncia. La propia CNMV lo resume así: si no recuperas tu dinero, no sigas haciendo aportaciones. Nadie puede garantizarte que vayas a recuperar lo perdido, pero actuar pronto mejora las opciones de que se pueda rastrear.

Qué hacer hoy

  1. Corta el contacto y los pagos. No contestes a su «gestor» ni instales programas que te pidan.
  2. Avisa al banco por escrito. Pide que intente frenar o recuperar las transferencias y solicita los justificantes.
  3. Protege tus cuentas. Si les diste acceso a tu ordenador, tus claves o tu monedero, cambia las contraseñas desde otro dispositivo limpio y pide ayuda al 017.
  4. Guarda las pruebas. Nombre y dirección de la web, anuncios, conversaciones, extractos, identificadores de las operaciones y direcciones del monedero.
  5. Denuncia. Puedes hacerlo ante la Policía, la Guardia Civil o el juzgado. Sigue la guía para denunciar paso a paso.

Ayuda gratuita y confidencial: el 017 es la Línea de Ayuda en Ciberseguridad de INCIBE. Atiende a ciudadanos, empresas y menores y a su entorno, todos los días de 8:00 a 23:00. También ofrece canales de mensajería y formulario web: los tienes en su página oficial.

Comprueba a la entidad en la CNMV

La CNMV tiene un buscador de advertencias sobre entidades no autorizadas. También puedes llamar al 900 535 015 para preguntar por una entidad concreta.

  • Que una entidad no aparezca en las advertencias no significa que esté autorizada. La CNMV avisa de que sus listas no son exhaustivas.
  • Algunas entidades mencionan a la CNMV para parecer seguras. La CNMV señala que ella nunca te invitaría a hacer una inversión.
  • Comunica también el caso a la CNMV. Recuperar el dinero es otra cuestión: normalmente pasa por la vía penal o civil.

Qué delito puede ser

Comete estafa quien, con ánimo de lucro, usa un engaño bastante para que otra persona haga un acto de disposición en su perjuicio. La pena general es de prisión de seis meses a tres años (art. 248 del Código Penal). Sube a entre uno y seis años, más multa, si la cantidad supera los 50.000 euros, si afecta a muchas personas o si la estafa es especialmente grave por la situación en que te deja. Por encima de 250.000 euros, la pena es de cuatro a ocho años (art. 250).

La gravedad penal no predice si recuperarás el dinero.

Cuidado con la segunda estafa

Si alguien te contacta después y te promete recuperar tu dinero a cambio de un pago previo, desconfía y no pagues. Comprueba quién es antes de darle ningún dato. Tampoco uses tu cuenta para recibir y reenviar dinero de terceros: podrías acabar investigado, como explicamos en la guía sobre mulas bancarias.

Cuándo pedir abogado

Valóralo si la cantidad es alta, si pagaste desde varias cuentas o si tu banco no atiende tu reclamación. Pregunta antes qué se puede hacer de forma realista y cuánto cuesta. Si tienes pocos recursos, comprueba si tienes derecho a justicia gratuita.

Ver todas las guías de ciberestafas y ciberdelitos

Preguntas frecuentes

¿Puedo recuperar el dinero enviado en criptomonedas?

No se puede garantizar. Depende de si se identifica a los autores o se localizan los fondos. Por eso conviene avisar y denunciar cuanto antes.

¿Tengo que pagar «impuestos» o «comisiones» para retirar mis ganancias?

Si la plataforma te lo exige tras dejar de devolverte el dinero, trátalo como una señal de alarma y no pagues. La CNMV recomienda no hacer más aportaciones si no recuperas tu dinero.

¿Sirve de algo denunciar si los autores están en el extranjero?

Sí. La denuncia deja constancia de los hechos, permite investigar y puede servirte ante tu banco. No asegura un resultado.

¿Qué plazo tengo para denunciar?

Con carácter general, las estafas con pena de prisión prescriben a los cinco años (art. 131 del Código Penal). No esperes: los datos y los fondos desaparecen mucho antes.

Fuentes oficiales

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Información general sujeta a cambios normativos. Actualizado el 31/10/2026.

Pendiente de revisar por el equipo jurídico.