Multas por piso turístico ilegal: de cuánto pueden ser

Las multas por piso turístico ilegal dependen de cada comunidad autónoma. Ejemplos de Comunitat Valenciana y Andalucía, quién responde y qué hacer ante un expediente.

No hay una multa única en España: cada comunidad autónoma fija sus infracciones y sanciones. Las diferencias son grandes. En la Comunitat Valenciana, ofrecer servicios turísticos sin los requisitos o sin declaración responsable es infracción muy grave, con multa de 100.001 a 600.000 €. En Andalucía, la prestación clandestina es infracción grave, con multa de 2.001 a 18.000 €. Mira siempre la ley de tu territorio.

Qué suele considerarse ilegal

La lógica común es que la vivienda turística debe cumplir la norma sectorial. Los problemas habituales son:

  • Anunciar o alquilar sin registro o sin declaración responsable.
  • No incluir el número de registro en los anuncios.
  • Incumplir requisitos de la vivienda o de los títulos municipales.
  • Alquilar por habitaciones donde está prohibido.

Ejemplo: Comunitat Valenciana

Según la Ley 15/2018, de 7 de junio (texto consolidado actualizado el 2/7/2026):

  • Muy grave: ejercer, comercializar, ofrecer, prestar o anunciar servicios turísticos sin los requisitos o sin declaración responsable (art. 93.1). También el alquiler turístico por habitaciones en viviendas registradas (art. 93.6). Multa de 100.001 a 600.000 €, y posible clausura o cese de la actividad (art. 94.3).
  • Grave: multa de 10.001 a 100.000 €, y posible clausura temporal (art. 94.2).
  • Leve: apercibimiento o multa de hasta 10.000 € (art. 94.1).
  • Multas coercitivas: hasta diez sucesivas, de hasta 500 € la primera y 1.000 € las siguientes (art. 102).

El propietario responde de forma subsidiaria por oferta ilegal o actividad clandestina si, requerido, no identifica a tiempo al titular de la actividad (art. 88.4).

Ejemplo: Andalucía

Según la Ley 13/2011, de 23 de diciembre (texto consolidado actualizado el 3/3/2025):

  • Es clandestino anunciar o prestar el servicio sin la declaración responsable exigida (art. 30.4).
  • La prestación clandestina es infracción grave (art. 71.1).
  • Multas: leves, apercibimiento o hasta 2.000 €; graves, de 2.001 a 18.000 €; muy graves, de 18.001 a 150.000 € (art. 78).

Otras consecuencias

  • Comunidad de propietarios: si no tienes la aprobación necesaria, pueden requerirte el cese y demandarte (arts. 7.2 y 7.3 de la Ley de Propiedad Horizontal). Lee qué puede decidir la comunidad.
  • Urbanismo: el ayuntamiento puede actuar por su cuenta.
  • Plataformas: las sanciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos por incumplir las obligaciones de datos se dirigen a ellas, no a ti (arts. 38 y siguientes, añadidos por el Real Decreto-ley 29/2026, pendiente de convalidación a 31/10/2026).

Si te llega un expediente

  1. Anota la fecha de notificación y el plazo para alegar que figura en el escrito. Puedes apuntarla en la calculadora de plazos.
  2. Lee qué infracción te imputan y bajo qué artículo.
  3. Reúne tus títulos: registro, declaración responsable, documentos municipales y contrato.
  4. No retires pruebas ni ignores la notificación. Si hay un error, alégalo por escrito.
  5. Corrige lo que puedas y comunícalo. Pregunta si la ley de tu comunidad lo tiene en cuenta para graduar la sanción: en la valenciana, por ejemplo, el número de viviendas explotadas y la facturación pueden influir en la sanción (art. 95).
  6. Revisa si procede recurrir. La resolución debe indicar los recursos y plazos.

Una multa alta justifica consultar pronto a un abogado inmobiliario.

Ver todas las guías de pisos turísticos

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la multa máxima por un piso turístico ilegal?

Depende de tu comunidad autónoma y de cómo se califique la infracción. No hay una cifra estatal. Compara con la ley de turismo vigente en tu territorio.

¿Pueden multarme solo por publicar el anuncio?

En las leyes consultadas, sí puede ser sancionable. La ley valenciana incluye comercializar, ofrecer y hacer publicidad (art. 93.1). La andaluza incluye la publicidad en la actividad clandestina (art. 30.4).

¿Y si lo gestiona una empresa?

Depende de la norma. En la Comunitat Valenciana, el propietario responde subsidiariamente si, requerido, no identifica al titular en plazo (art. 88.4 de la Ley 15/2018).

¿La anulación del registro único anula mi multa autonómica?

No automáticamente. El Supremo anuló el registro estatal, no los registros ni los regímenes sancionadores autonómicos. Revisa con qué norma te sancionan.

Fuentes oficiales

Sigue leyendo

Información general sujeta a cambios normativos. Actualizado el 31/10/2026.

Pendiente de revisar por el equipo jurídico.