Regularización extraordinaria de extranjeros 2026: ¿sigue abierta? Plazo y qué hacer ahora

El Real Decreto 316/2026 permitió pedir la residencia por arraigo extraordinario hasta el 30 de junio de 2026. Requisitos, situación de quien la pidió y alternativas si no llegaste.

La regularización extraordinaria existe, pero el plazo terminó el 30 de junio de 2026. Se aprobó con el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril. No me consta ninguna prórroga publicada a fecha de esta guía. Si no la pediste, tendrás que mirar otras vías. Si la pediste, a continuación tienes qué esperar. Desconfía de quien te ofrezca «entrar todavía» a cambio de dinero.

Quién podía pedirla

La norma creó dos vías en el Reglamento de extranjería:

  • Arraigo extraordinario (disposición adicional vigesimoprimera). Para quien estaba en España antes del 1 de enero de 2026.
  • Arraigo para solicitantes de protección internacional (disposición adicional vigésima). Con sus requisitos propios.

Requisitos del arraigo extraordinario:

  • Ser mayor de edad y estar en España sin autorización de estancia o residencia.
  • No tener otro procedimiento de autorización en curso.
  • Permanecer de forma ininterrumpida los cinco meses anteriores a la solicitud, con cualquier prueba válida en derecho.
  • No tener antecedentes penales ni ser una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
  • Pagar la tasa.

Además, al menos uno de estos: haber trabajado o tener intención de trabajar; vivir con hijos menores o con discapacidad, o con ascendientes de primer grado; o estar en situación de vulnerabilidad acreditada por entidades competentes.

Si ya la presentaste

  1. Autorización provisional. Con la comunicación de inicio puedes residir y trabajar en toda España hasta que resuelvan (apartado 4).
  2. Tres meses para resolver. Si pasan sin notificación, se entiende desestimada por silencio. El plazo puede suspenderse, por ejemplo, por antecedentes de otro país.
  3. Requerimientos. Si te piden subsanar, tienes el plazo indicado, de hasta quince días. Si no lo haces, se te tiene por desistido.
  4. Si te la conceden. Dura un año, permite residir y trabajar por cuenta propia o ajena, y debes pedir la tarjeta en el mes siguiente. Los efectos se retrotraen a la solicitud.
  5. Si te la deniegan. Pierdes automáticamente la habilitación para trabajar. Si trabajas, avisa a tu empresa de inmediato. Lee el pie de recurso y mira cómo recurrir.

Revisa con frecuencia tus notificaciones electrónicas y postales. No esperes a que te llamen.

Y si tenías una expulsión

Si el expediente era por estancia irregular o trabajo sin permiso, la concesión supone el archivo y, en su caso, la revocación de la orden (apartado 5). Lee qué hacer ante una expulsión.

Después del primer año

Dos meses antes de que caduque debes pedir una modificación a otra autorización (art. 191 del Reglamento). Con la solicitud, la validez se prorroga. También cabe hasta tres meses después, con posible sanción leve.

Si no puedes modificar, cabe prórroga de un año si estás en búsqueda activa de empleo e inscrito, o con informe de esfuerzo de integración. Se puede prorrogar cuatro años por enfermedad grave, discapacidad o edad de jubilación, con los supuestos previstos. Mira también renovar la residencia.

Si no llegaste al plazo

Si ves un mensaje que anuncia una nueva regularización, compruébalo en el BOE antes de pagar nada.

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir ahora la regularización?

Según el texto publicado, el plazo acabó el 30 de junio de 2026. No me consta prórroga. Si alguien afirma lo contrario, pide la referencia del BOE.

Han pasado tres meses y no me han contestado. ¿Qué significa?

Se entiende desestimada por silencio, salvo que el plazo esté suspendido. Consulta a un abogado si conviene recurrir y mira si tienes requerimientos pendientes.

¿Tengo que tener contrato para pedirla?

No necesariamente. Bastaba con uno de los supuestos del apartado 2: trabajo o intención de trabajar, unidad familiar, o vulnerabilidad acreditada.

¿Cuánto costaba?

La tasa se remite a la Orden PJC/617/2025 para la autorización por arraigo. Confirma el importe en esa orden o en tu impreso.

Fuentes oficiales

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Información general sujeta a cambios normativos. Actualizado el 31/10/2026.

Pendiente de revisar por el equipo jurídico.