Como avalista respondes si el deudor no paga. Si firmaste que renuncias a la excusión o que eres solidario, cosa muy frecuente en bancos, te pueden reclamar a ti directamente, y con todos tus bienes. No puedes dejar de serlo con una simple carta. Lee hoy lo firmado, y si te reclaman, contesta en plazo.
Lo que respondes
- Con todos tus bienes. Presentes y futuros, igual que cualquier deudor (art. 1911 del Código Civil).
- Lo firmado, sin más. La fianza debe ser expresa y no se extiende a más de lo contenido en ella (art. 1827). Mira el importe y el plazo.
- Si es indefinida, incluye la obligación principal y sus accesorios, y las costas posteriores a que te requieran el pago.
Las tres palabras clave de tu contrato
| Si tu fianza es… | Efecto |
|---|---|
| Normal, sin renuncias | No te pueden obligar a pagar sin antes intentar cobrar de todos los bienes del deudor (excusión, art. 1830) |
| Con renuncia a excusión o solidaria | Pierdes ese beneficio. Pueden ir contra ti directamente (art. 1831) |
| Con varios fiadores | La deuda se divide entre ellos, salvo solidaridad pactada (art. 1837) |
La excusión tampoco procede en caso de concurso del deudor o si no puede ser demandado en España (art. 1831).
Si te reclaman
- Pide la documentación. Contrato, fianza, liquidación y detalle de intereses y gastos.
- Revisa la deuda. Puedes oponer las excepciones que corresponden al deudor principal y sean inherentes a la deuda, no las puramente personales suyas (art. 1853).
- Revisa las cláusulas. Pueden ser abusivas si contrataste como consumidor. Aplica el criterio con cuidado, porque la condición del avalista se discute caso a caso. Mira cláusulas abusivas.
- Responde a tiempo. Si es una demanda o una ejecución, tus plazos son breves. Si temes un embargo, lee me van a embargar.
- Negocia por escrito. La transacción del fiador con el acreedor no afecta al deudor, y viceversa (art. 1835).
Si avalas una hipoteca
- Vencimiento anticipado. Las reglas de umbrales y requerimiento del art. 24 de la Ley 5/2019 también se aplican si el fiador es persona física. Lee ejecución hipotecaria.
- Código de Buenas Prácticas. Las medidas se extienden a fiadores y avalistas hipotecarios respecto de su vivienda habitual, en los términos del art. 2 del Real Decreto-ley 6/2012. Consulta el Código.
- Avalista o hipotecante no deudor. No es igual poner tu casa en garantía que firmar como fiador. Lee la escritura.
Cuándo se acaba la fianza
- Cuando se extingue la deuda del principal, por las mismas causas (art. 1847).
- Si el acreedor concede una prórroga al deudor sin tu consentimiento (art. 1851). Si la firmaste o la permitiste de antemano, el efecto se discute: revisa el contrato.
- Si por un hecho del acreedor no puedes subrogarte en sus derechos, hipotecas y privilegios (art. 1852).
Para salir antes, necesitas el acuerdo del banco o una novación. Llevarte mal con el deudor o divorciarte de él no te libera por sí solo.
Si pagas
- Puedes repercutirlo al deudor. La deuda, los intereses legales desde que le comunicas el pago, gastos desde que le avises del requerimiento y daños, en su caso (art. 1838).
- Contra otros fiadores. Puedes reclamar a cada uno su parte, si pagaste por demanda judicial o estando el deudor en concurso. La parte de un insolvente se reparte (art. 1844).
- Guarda el recibo y avisa al deudor antes de pagar.
Si la deuda te supera, mira la segunda oportunidad y, si te han incluido en un fichero, cómo salir.