Mayoría para prohibir pisos turísticos en la comunidad: calculadora 3/5

Introduce el total de propietarios y cuotas y los votos a favor. Comprueba si el acuerdo sale adelante.

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Incluye a los ausentes que no se opusieron en plazo, si procede (art. 17.8 LPH).
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Tus datos no salen de tu dispositivo: el cálculo se hace en tu navegador. Es una estimación orientativa.

Cómo se calcula

El art. 17.12 LPH exige el voto favorable de tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen tres quintas partes de las cuotas. El número de propietarios se redondea hacia arriba.

Preguntas frecuentes

¿Puede aplicarse a un piso turístico que ya existe?

El acuerdo no tiene efectos retroactivos.

¿Se puede subir la cuota?

Sí, con la misma mayoría, sin superar un incremento del 20 %.

Fuentes oficiales

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Otras herramientas

Pendiente de revisar por el equipo jurídico.