Si sufres acoso en el trabajo, empieza por dejar constancia: apunta hechos y fechas, guarda las pruebas y comunícalo por escrito a la empresa. Después puedes acudir a la Inspección de Trabajo o al Juzgado de lo Social y, en casos graves, a la vía penal. Si afecta a tu salud, ve al médico: tu salud es lo primero y el parte también queda como referencia.
Qué se considera acoso
No todo conflicto o exceso de exigencia es acoso. Suelen ser señales los actos hostiles o humillantes repetidos, el aislamiento, quitarte funciones sin motivo o las humillaciones en público. La ley protege expresamente tu dignidad en el trabajo, también frente al acoso por origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad, orientación sexual, y frente al acoso sexual y por razón de sexo. El acoso sexual y por razón de sexo se consideran siempre discriminatorios.
Qué hacer paso a paso
- Lleva un diario: fecha, lugar, qué pasó, quién lo presenció.
- Conserva pruebas: correos, mensajes, cambios de funciones, evaluaciones y testigos. Pregunta a un profesional antes de grabar o de acceder a datos de terceros.
- Cuida tu salud: acude al médico o a tu servicio de prevención y explica el origen de los síntomas.
- Comunícalo por escrito a la empresa o a través del protocolo interno, si existe, o a los representantes. La empresa tiene un deber de protección frente a los riesgos laborales y debe promover condiciones que eviten estas conductas.
- Denuncia ante la Inspección de Trabajo si la empresa no actúa. Los actos contrarios a la dignidad y el acoso son infracciones muy graves en los supuestos previstos por la ley.
- Valora la vía judicial con un abogado.
Vías legales
- Tutela de derechos fundamentales: procedimiento ante el Juzgado de lo Social, urgente y preferente. No requiere conciliación previa. Puedes dirigir la reclamación contra la empresa y otros responsables, como el propio acosador. La sentencia puede incluir una indemnización por daño moral y otros perjuicios, que debes concretar en la demanda.
- Extinción del contrato: si hay un incumplimiento grave de la empresa, puedes pedir al juez la extinción con la indemnización de despido improcedente y situación legal de desempleo. No te vayas sin asesorarte: abandonar el puesto puede perjudicarte.
- Vía penal: el Código Penal castiga, con prisión de seis meses a dos años, a quien, prevaliéndose de su superioridad, realice de forma reiterada actos hostiles o humillantes que supongan grave acoso. Si reclamas los daños por vía penal, no podrás reiterarlos en la vía social mientras ese proceso siga abierto.
La prueba
En estos procesos, si de tus alegaciones se deducen indicios fundados de acoso, corresponde a la empresa aportar una justificación objetiva y razonable de sus medidas y de su proporcionalidad. No basta con decir que hay mal ambiente: los indicios deben ser concretos. Por eso el diario y los documentos son importantes.
Plazos
La demanda de tutela debe presentarse en el plazo que corresponda a la conducta concreta. Varía según lo que se reclame: por ejemplo, un despido se reclama en 20 días hábiles y la acción general derivada del contrato prescribe al año. No lo dejes pasar: consulta pronto, ya que los plazos son el punto más delicado.
Si te despiden después de denunciar
Un despido con motivo de la vulneración de un derecho fundamental puede ser declarado nulo. Consulta diferencias entre tipos de despido y qué hacer en los primeros días.
Cuándo pedir abogado
En cuanto veas que el problema es sostenido o afecta a tu salud. Un profesional podrá indicarte qué vía usar y qué indemnización plantear. Consulta cómo elegir abogado y, si tienes dudas de coste, abogado de oficio.