En la sanidad pública tienes, en general, un año desde la curación o desde que se determina el alcance de las secuelas. En la privada puede ser un año o cinco, según la acción. Como la frontera no siempre es clara, trata el plazo de un año como el límite seguro y deja constancia de tu reclamación por escrito antes de que venza.
Plazos según quién te atendió
- Sanidad pública (reclamación a la Administración): un año desde el hecho o desde que se manifiesta el efecto lesivo. En daños físicos o psíquicos, desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas (art. 67.1 de la Ley 39/2015). Mira cómo reclamar a la sanidad pública.
- Sanidad privada, por contrato: si reclamas por incumplir un contrato con la clínica o el profesional (art. 1101 del Código Civil), el plazo general es de cinco años desde que pueda exigirse (art. 1964.2).
- Sanidad privada, sin contrato: si la acción se basa en la culpa o negligencia extracontractual (art. 1902), es de un año desde que lo supo el agraviado (art. 1968.2.º). Puede pasar, por ejemplo, con el hospital que te atiende sin que seas tú quien contrató, o si reclama un familiar por su propio daño.
Qué acción corresponde en tu caso puede ser discutible, sobre todo si hay una póliza de salud, varios profesionales o un centro concertado. No lo decidas solo mirando esta guía: consulta pronto a un profesional.
Desde cuándo empieza a contar
Por regla general, desde el día en que la acción pudo ejercitarse (art. 1969 del Código Civil). En daños corporales, lo difícil es fijar cuándo se conoció el daño o quedaron estabilizadas las secuelas, y qué ocurre si el tratamiento continúa o el daño empeora. No hay una fecha automática: se valora cada caso. Toma como referencia la fecha más temprana que se pueda defender.
Reúne informes y fechas: alta, último tratamiento, informe que fija secuelas. Pide cuanto antes tu historia clínica. Los centros deben conservarla, como mínimo, cinco años desde el alta de cada proceso (art. 17 de la Ley 41/2002). Puedes apoyarte en la calculadora de plazos, pero solo como orientación.
Cómo interrumpir el plazo
- Reclamación extrajudicial o demanda. La prescripción de las acciones se interrumpe por su ejercicio ante los tribunales, por reclamación extrajudicial y por reconocimiento de la deuda (art. 1973 del Código Civil). Usa burofax u otro medio fehaciente, y describe el daño.
- Solicitud de negociación. En la vía civil, la que define bien el objeto interrumpe la prescripción desde que consta el intento de comunicación (art. 7 de la Ley Orgánica 1/2025). Si no te contestan por escrito en 30 días naturales, se reinicia el cómputo.
- Tras la negociación sin acuerdo, la demanda debe presentarse en un año para que se entienda cumplido el requisito previo (art. 7.3).
Interrumpir significa volver a empezar, pero no te confíes: tendrás que probar cada envío. Si reclamas a varios (clínica, profesional, aseguradora), pregunta si debes hacerlo con cada uno.
Antes de demandar: en la vía civil, por regla general, hay que intentar antes un medio adecuado de solución de controversias, y una negociación directa puede servir (arts. 3 a 5 de la Ley Orgánica 1/2025). Ese intento debe quedar documentado (art. 10). Guarda tu reclamación escrita y la prueba de que la recibieron.
Si fue un delito
El homicidio o las lesiones por imprudencia grave o, en algunos casos, menos grave pueden ser delito (arts. 142 y 152 del Código Penal). Si se comete por imprudencia profesional grave, puede haber inhabilitación. Los delitos con pena de hasta cinco años prescriben, en general, a los cinco años, y los delitos leves al año (art. 131). La imprudencia menos grave solo se persigue con denuncia del agraviado o de su representante en muchos supuestos (arts. 142.2 y 152.2). No todo mal resultado es delito: no acudas a la vía penal solo para ganar tiempo sin consultarlo.
Qué hacer esta semana
- Apunta las fechas clave.
- Pide la historia clínica completa.
- Haz una reclamación por escrito con acuse.
- Consulta si necesitas un informe pericial. Si tienes pocos recursos, comprueba si puedes pedir justicia gratuita.
Más orientación en la guía general para reclamar una negligencia médica.