¿Ha prescrito el delito? Plazos según la pena (art. 131 CP)

Indica la pena máxima que señala la ley y la fecha de los hechos para ver un plazo orientativo de prescripción.

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Cómo se calcula

El art. 131 CP fija el plazo según la pena máxima señalada por la ley: 20 años si la prisión es de 15 o más años; 15 si es de más de 10 y menos de 15, o la inhabilitación supera los 10; 10 si la prisión o inhabilitación supera los 5 y no pasa de 10; 5 en los demás; y 1 año en delitos leves, injurias y calumnias.

Se aplica la pena máxima que señala la ley, no la que imponga el juez.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo cuenta?

Desde el día de los hechos, con reglas especiales para delitos continuados, permanentes y con víctimas menores (art. 132.1 CP).

¿Se puede parar el plazo?

Sí. Se interrumpe cuando el procedimiento se dirige contra el responsable, y una querella o denuncia ante un juzgado puede suspenderlo hasta 6 meses (art. 132.2 CP).

¿Hay delitos que no prescriben?

Sí: los del art. 131.3 CP, como la lesa humanidad, el genocidio o el terrorismo con resultado de muerte.

Fuentes oficiales

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